A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Gisela Carvajal·Respondent Uariv
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Único Promiscuo Municipal de Rivera (Huila) y el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Neiva.
Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho aplicó las reglas de reparto previstas por el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, para apartarse del conocimiento de la tutela.
Esta autoridad fundó su decisión en un razonamiento sobre las cualidades de la accionada (entidad de orden nacional) y su connotación para efectos del reparto, como único factor determinante para no asumir el asunto.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Único Promiscuo Municipal de Rivera, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia al precitado operador jurídico para que, en lo sucesivo, se abstenga de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto que utilizó en este caso, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 4 de julio de 2024, dictado por el Juzgado Único Promiscuo Municipal de Rivera, Huila, en el marco de la acción de tutela promovida por Gisela Carvajal en contra de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4725 al Juzgado Único Promiscuo Municipal de Rivera, Huila, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Único Promiscuo Municipal de Rivera, Huila, para que, en lo sucesivo, se abstenga de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021 que modificó el Decreto 1069 de 2015, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado
- Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Neiva, Huila, la decisión adoptada mediante esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.